miércoles, 13 de noviembre de 2013

CAPÍTULO QQ1 {DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL / PROPIEDAD INTELECTUAL} {Sección F: Dibujos}{Sección G: Derecho de Autor y Derechos Conexos}

Artículo QQ.F.1: {Design parcial}

Cada Parte se asegurará de que se proporcione una protección adecuada y eficaz a los diseños industriales, incluyendo a los diseños de una parte de un artículo, independientemente de si la pieza puede ser separado del artículo.]

Artículo QQ.G.1 : { Derecho de Autor y Derechos Conexos / Derecho de reproducción }

Cada Parte provide125 que los autores , [NZ oposición : artistas ] , y los productores de phonograms126 tienen right127 de autorizar o prohibir toda reproducción de sus obras , [NZ oponen : actuaciones ] , y fonogramas , [ 128 ] en cualquier manera o forma , [ 129 ] [VN / CA / NZ oponen : permanente o temporal (incluyendo el almacenamiento temporal en forma electrónica ) ] [ 130 ] [ 131 ] [VN propone : será a las legislaciones nacionales para determinar las excepciones y limitaciones bajo las cuales el derecho podrá ejercerse ] .

Artículo QQ.G.2 : { } Derechos de autor

Sin perjuicio de los artículos 11 ( 1 ) ( ii ) , 11bis ( 1 ) ( i ) y ( ii ) , 11 ter ( 1 ) ( ii ) , 14 ( 1 ) ( ii ) y 14bis ( 1 ) del Convenio de Berna , cada Parte otorgará a los autores el derecho exclusivo a autorizar o prohibir la comunicación al público de sus obras por medios alámbricos o inalámbricos , incluida la puesta a disposición del público de sus obras, de tal forma que los miembros del público puedan acceder a estas obras desde el lugar y en el momento que elija them.132

Artículo QQ.G.3 : { Derecho de Autor y Derechos Conexos }

[ EE.UU. / AU / PE / NZ / SG / CL / MX proponen ; VN / MI / BN / JP oponen : Cada Parte otorgará a los autores , [NZ / MX oponen : los artistas , ] y los productores de fonogramas el derecho de autorizar o prohibir la importación [ 133 ] en el territorio de esa Parte, de copies134 de la obra [ PE se oponen : [NZ / MX : se oponen : el rendimiento ,] o fonograma ] hechas sin autorización, [PE / AU / NZ / CA / SG / CL / MX / JP se opone a : . o hecho fuera del territorio de esa Parte con la autorización del autor, artista intérprete o ejecutante , o al productor del fonograma [ 135 ] ] ] [ 136 ]
Artículo QQ.G.4 : { Derecho de distribución }

Cada Parte otorgará a los autores , [NZ / MX oponen : los artistas , ] y los productores de fonogramas el derecho de autorizar o prohibir la puesta a disposición del público del original y copies137 de sus obras, [NZ / MX oponen : performances, ] y fonogramas, mediante venta u otra transferencia de propiedad. [ 138 ]

Artículo QQ.G.5 :

Cada Parte dispondrá que, en caso de que se requiera la autorización tanto del autor de una obra incorporada en el fonograma y un artista intérprete o ejecutante o productor propietario de los derechos del fonograma , el requerimiento de la autorización del autor no deja de existir debido a la autorización de también se requiere que el intérprete o ejecutante o productor . Asimismo, cada Parte establecerá que en los casos en que se requiera la autorización tanto del autor de una obra incorporada en el fonograma y un artista intérprete o ejecutante o productor propietario de los derechos del fonograma , el requerimiento de la autorización del artista intérprete o ejecutante o productor no deja de existir debido a que también es necesaria la autorización del autor.

Artículo QQ.G.6 :

[ EE.UU. / AU / PE / SG / CL / MX proponer ; VN / BN / NZ / MI / CA / JP se opone : Cada Parte dispondrá que , cuando el plazo de protección de una obra (incluyendo una obra fotográfica), interpretación , o ejecución o fonograma se calcule :

sobre la base de la vida de una persona natural, la duración no deberá ser inferior a la vida del autor y [ MX propone : 100 ] [ MX oponen : 70 ] años después de la muerte del autor , y

sobre una base distinta de la vida de una persona natural, la duración será de :

no menos de [ EE.UU. proponen ; CL oponen : 95 ] [AU / PE / SG / CL proponen : 70 ] [ MX propone : 75 ] años a partir del final del año civil de la primera publicación autorizada de la obra, interpretación o fonograma , o
a falta de tal publicación autorizada dentro de los [ EE.UU. propone ; CL oponen : 25 ] [SG / PE / AU / CL proponen : 50 ] años desde la creación de la obra, interpretación o ejecución o fonograma , no menor de [ EE.UU. propone ; CL oponen : 120 ] [AU / PE / SG / CL proponen : 70 ] años a partir del final del año calendario de la creación de la obra, interpretación o ejecución o fonograma ] .

Artículo QQ.G.7 : { Duración de la protección del Derecho de Autor y Derechos Conexos }

[ NZ / BN / MI / VN / CA / JP proponen ; EE.UU. / AU / SG / MX oponen : El plazo de protección de una obra, interpretación o ejecución o fonograma se determinará de acuerdo con la legislación interna de cada Parte y de los acuerdos internacionales de los que cada uno Parte sea parte . ]

Artículo QQ.G.8 :

Cada Parte aplicará el artículo 18 de la Convención de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas ( 1971 ) ( Convenio de Berna ) y [ PE/SG/NZ/BN/US/VN/CL/MY/MX139 : la disposición correspondiente ] el artículo 14.6 del Acuerdo sobre los ADPIC , mutatis mutandis , a [ CA oponen : la materia, derechos y obligaciones ] [CA proponer ; EE.UU. se oponen : los derechos de los autores, artistas intérpretes o ejecutantes y productores de fonogramas ] en [Sección G].

QQ.G.8

[ CA/JP/SG/BN/NZ/PE/CL/VN/AU140 propone : Cada Parte aplicará , mutatis mutandis , el artículo 18 de la Convención de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas ( 1971 ) a los derechos de los autores , ejecutantes y productores de fonogramas en [Sección G]. Una Parte podrá establecer condiciones, limitaciones, excepciones y reservas en la medida permitida en el artículo 14.6 del Acuerdo sobre los ADPIC. ]


Artículo QQ.G.9 :

Cada Parte dispondrá que para los derechos de autor y derechos conexos , a cualquier persona que adquiera o detente cualquier right141in económica de una obra , [SG / BN / NZ / MI / VN / CL se oponen : el rendimiento ,] o fonograma :

pueden transferir libremente y por separado ese derecho por contrato, y

en virtud de un contrato , incluidos los contratos de empleo que impliquen la creación de obras , [ BN / SG / MI / VN / NZ / CL oponerse : performances, ] y fonogramas , deberá estar en condiciones de ejercer ese derecho en nombre de esa persona y disfrutar plenamente los beneficios derivados de ese derecho.

[ CL: ( c ) Cada Parte podrá establecer :

( i ) los contratos específicos que subyacen a la creación de obras o fonogramas , en ausencia de un acuerdo por escrito , dar lugar a una transferencia de los derechos económicos por ministerio de la ley, y
( ii) los límites razonables de lo dispuesto en [ el párrafo 2 ( a) ] [ referencia cruzada a QQ.G.9 ( a) - ( b )], para proteger los intereses de los titulares originales adecuados, teniendo en cuenta los intereses legítimos de los los cesionarios .]


artículo QQ.G.X

Ninguna de las Partes podrá someter al goce y ejercicio de los derechos de los autores, artistas intérpretes o ejecutantes y productores de fonogramas contemplados en el presente Capítulo a ninguna formalidad .

Artículo QQ.G.10 : { Derecho de autor / medidas técnicas de protección 142 }

[ US/AU/SG/PE/MX143 144 145 proponen ; MY / VN / BN / JP oppose146 : ( a) Con el fin de proporcionar una protección jurídica adecuada y recursos jurídicos efectivos contra la acción de eludir medidas tecnológicas efectivas que los autores, artistas y los productores de fonogramas utilizan en relación con el ejercicio de su rights147 y que restringen actos no autorizados con respecto a sus obras, interpretaciones o ejecuciones y fonogramas , cada Parte dispondrá que cualquier persona que:

a sabiendas , [CL oponen : o teniendo motivos razonables para saber ] 148 , elude sin [CL se oponen : la autoridad ] [CL ​​proponer : La autorización de ] cualquier medida tecnológica efectiva que controle el acceso a una obra , interpretación o ejecución , fonograma , [PE / CA / CL se oponen : o prestación ], o
fabrique, importe , distribuya, [CL oponen : propuestas [CA / ​​CL proponen : en venta o alquiler ] al público, proporcione o de otra manera traffics149 en ] los dispositivos , productos o componentes , [CL oponen : u ofrezca al público ] o presta servicios , que:
son promocionados, advertised150 o comercializado por una persona , [PE / SG / CL oponen : o por otra persona que actúe concertadamente con esa persona y con el conocimiento de esa persona , ] con el propósito de eludir cualquier medida tecnológica efectiva ,
sólo tienen un limitado propósito o uso comercial distinto de la elusión cualquier medida tecnológica efectiva , o
están diseñados , producidos o ejecutados principalmente con el propósito de [CA oponen : permitir o facilitar ] la elusión de any151 medida tecnológica efectiva ,


será responsable y quedará sujeta a los recursos establecidos en el artículo [ 12,12 ] 152 153 . [CL propone : Si la conducta se lleva a cabo de buena fe y sin conocimiento de que la conducta prohibida , una Parte podrá eximir a los actos prohibidos en virtud de este párrafo que se llevó a cabo en el marco de una biblioteca , archivo o institución educativa ] . Cada Parte establecerá procedimientos y sanciones penales que se aplicarán cuando cualquier persona , que no sea una biblioteca sin fines de lucro 154 , [CA / ​​CL propone : Museo ] , archivo, institución educativa u [CA / ​​CL oponen : organismo público de radiodifusión no comercial , ] [CA propone : cualquier otra entidad sin fines de lucro que determine la legislación de cada Parte] se haya involucrado [CA oponen : dolosamente y con el fin de obtener una ventaja comercial [CL oponen : o ganancia financiera privada ] ] [CA propone : a sabiendas y con fines comerciales, ] en cualquiera de las actividades antes mencionadas . [ SG/AU/PE/CL155 oponen : Tales procedimientos y sanciones penales deben incluir la aplicación a dichas actividades de los recursos y de las autoridades enumeradas en los incisos ( a) , ( b ) y ( f ) del artículo [ 15.5 ] 156 , según corresponda en caso de incumplimiento , mutatis mutandis. [ 157 ] ] [CL ​​propone : No se requiere ningún partido para imponer responsabilidad civil o penal a una persona que eluda efectiva
medida tecnológica que protege a cualquiera de los derechos exclusivos de los derechos de autor o los derechos conexos en una obra protegida , pero no controla el acceso a este tipo de trabajo ] .

Al aplicar el apartado ( a) , ninguna Parte estará obligada a requerir que el diseño o el diseño y selección de partes y componentes de productos electrónicos , telecomunicaciones, informática o producto de consumo para proporcionar una respuesta a cualquier medida tecnológica en particular, siempre y cuando el producto no viole de otro modo las disposiciones de aplicación el apartado ( a) .
[CL oponen : ( c ) Cada Parte establecerá que una violación de una medida de aplicación del presente apartado es independiente de cualquier violación que pudiera ocurrir bajo la legislación de la Parte de autor y los derechos conexos. ]
158 Cada Parte delimitará las excepciones y limitaciones a las medidas de aplicación el apartado ( a) [CL opone : a las siguientes actividades , ] [CL ​​propone : ciertos casos especiales que no afecten la adecuación de la protección legal de la efectividad de los recursos legales contra la evasión de medidas tecnológicas efectivas ] [CL ​​se oponen : que se aplicará a las medidas pertinentes de conformidad con el inciso ( e) ] :
[CA oponen : las actividades no infractoras de ingeniería inversa respecto a la copia obtenida legalmente de un programa de computación , realizado de buena fe con respecto a los elementos particulares de dicho programa de computación que no han estado a disposición de la persona involucrada en esas actividades 159 , por con el único propósito de lograr la interoperabilidad de un programa creado de forma independiente con otros programs160 ] [CA propone : actividades de ingeniería inversa respecto a la copia obtenida legalmente de un programa de ordenador , con el único propósito de lograr la interoperabilidad del programa o cualquier otro programa ] ;
[CA oponen : actividades de buena fe no infractoras , realizadas por un investigador debidamente calificado que haya obtenido legalmente una copia , [CL oponen : ] ejecución no fijada , o exhibición de una obra, interpretación o ejecución o fonograma y que haya hecho un esfuerzo de buena fe para obtener autorización para realizar dichas actividades , en la medida necesaria para el único propósito de la investigación consiste en identificar y analizar fallas y vulnerabilidades de las [CL propone : cifrado ] technologies161 [CL oponen : para codificar y decodificar la información]] [CA propone : actividades con respecto a la copia obtenida legalmente de una obra, interpretación o ejecución o fonograma con el único objetivo de la investigación cifrado ] ;
la inclusión de un componente o parte con el fin único de prevenir el acceso de menores a contenido inapropiado en línea en una tecnología , producto, servicio o dispositivo que por sí mismo no está prohibido bajo las medidas de aplicación el apartado ( a) ( ii ) 162 ;
[CA oponen : actividades no infractoras y de buena fe que están autorizados por el propietario de una red informática, sistema informático o una computadora con el único propósito de probar, investigar o corregir la seguridad de esa computadora, sistema informático o red informática ] [CA proponer : actividades de pruebas de seguridad que están autorizados por el propietario o administrador de una computadora, sistema informático o red informática con el único propósito de probar, investigar o corregir la seguridad de esa red informática , sistema informático o equipo] ;
[CA oponen : las actividades no infractoras con el único propósito de identificar y deshabilitar la capacidad para llevar a cabo la recopilación de revelado o la difusión de información de identificación personal que refleja las actividades en línea de una persona física de una manera que no tiene otro efecto sobre la capacidad de una persona para acceder a cualquier trabajo ] [CA propone : actividades con el único propósito de identificar o desactivar la capacidad de llevar a cabo la recolección o difusión de la información de identificación personal ] ;
actividades legalmente autorizadas realizadas por empleados , agentes o contratistas a efectos de aplicación de la ley , inteligencia , seguridad esencial o similares purposes163 gubernamentales;
acceso por una biblioteca, [CA propone : museo, ] archivo o institución educativa a una obra, interpretación o ejecución o fonograma de otra manera no dispone, con el único propósito de tomar decisiones de adquisición , y
[CA propone : ( viii ) las actividades con el único propósito de hacer una obra, interpretación o ejecución o fonograma perceptible a una persona con una discapacidad perceptual.
actividades con el único propósito de hacer una reproducción efímera de una obra, interpretación o ejecución o fonograma ,
elusión de una medida tecnológica en un aparato de radio con el único propósito de obtener o facilitar el acceso a un servicio de telecomunicaciones por medio del aparato de radio ]

[CA oponen : usos no infractoras [SG oponen : de una obra, interpretación o ejecución o fonograma ] en una clase particular de obras , [SG oponen : actuaciones o ejecuciones o fonogramas ] cuando un impacto negativo real o potencial sobre esos usos no infractores [CL propone : o excepciones o limitaciones al derecho de autor y los derechos conexos en relación con los usuarios ] se oponen [PE : demuestra creíblemente ] [PE propone : encontrado ] [CL ​​propone : demostrar o reconocidos ] en una revisión legislativa o administrativa [SG oponerse : por importantes pruebas ] , a condición de que [AU / PE oponerse : cualquier limitación o excepción adoptada en dependencia de esta cláusula tendrá efecto por un período renovable de no más de tres [SG propone : cuatro] años ] [AU / PE proponen : una revisión de este o el procedimiento se lleva a cabo al menos una vez cada cuatro años ] a partir de la fecha de celebración de dicho examen o procedimiento . ]
[CA propone : ( xi ) Cada Parte podrá establecer nuevas excepciones y limitaciones a las medidas de aplicación el apartado ( a) en relación con la no infringir utiliza según lo determinado por un proceso legislativo, reglamentario , judicial o administrativo, de acuerdo con la legislación de la Parte, siguiendo el debido la consideración de los efectos negativos reales o potenciales en esos usos no infractores. ]

164 Las excepciones y limitaciones a las medidas de aplicación el apartado ( a) de las actividades enunciadas en el apartado [ 4.9 ( d ) ] podrá [ CL oponen : only] se aplicará de la siguiente manera [CL oponen : , y sólo en la medida en que no lo hacen poner en peligro la adecuación de la protección legal o la efectividad de los recursos legales contra la evasión de medidas tecnológicas efectivas ] :
Medidas implementar el subpárrafo ( a) ( i ) puede ser objeto de excepciones y limitaciones con respecto a cada uno [CL propone : situaciones y ] la actividad descrita en el apartado ( d ) .
Las medidas de aplicación el apartado ( a) ( ii ) , que se aplican a las medidas tecnológicas efectivas que controlan el acceso a una obra, interpretación o ejecución o fonograma , pueden ser objeto de excepciones y limitaciones con respecto a las actividades establecidas en el subpárrafo ( d ) ( i ) , ( ii ) , ( iii ) , ( iv ) , y (vi ) .

Las medidas de aplicación el apartado ( a) ( ii ) , que se aplican a las medidas tecnológicas efectivas que protegen los derechos de autor o los derechos afines a los derechos de autor , puede estar sujeto a excepciones y limitaciones con respecto a las actividades establecidas en el subpárrafo ( d ) ( i ) y ( vi ) .

165 medida tecnológica efectiva significa cualquier [CA propone : efectiva ] La tecnología , dispositivo o componente que, en el curso normal de su operación , controla el acceso a una obra , interpretación o ejecución , fonograma , [PE / CL / CA se oponen : protegida o de otro tema ,] o protege [CA oponen : los derechos de autor o los derechos afines a los derechos de autor ] [CA propone : los derechos relacionados con una obra, interpretación o ejecución o fonograma ] ] [CL ​​propone : . y no puede, en un caso habitual eludirse accidentalmente . ]


Artículo QQ.G.11 :

[SG / CL propose166 : Nada en este Acuerdo obligará a una Parte para restringir la importación o venta interna de un dispositivo que no hacer efectiva una medida tecnológica con el único propósito de los cuales es el control de la segmentación del mercado de las copias legítimas de películas cinematográficas o computadora programa y no es de otra manera una violación de la ley. ]


Artículo QQ.G.12167 : { Medidas tecnológicas de protección }

[CL / NZ / PE / VN / MI / BN / JP proponen ; AU / EE.UU. se oponen :
1 . [PE / SG se oponen : Cada Parte [VN propone : podrá] [VN oponen : deberá] ofrecer protección y recursos legales contra la evasión de medidas tecnológicas de protección eficaces en sus leyes de propiedad intelectual nacionales , donde la elusión sólo a efectos de la infracción de los derechos exclusivos del autor [NZ oponen : o derechos conexos ] propietarios] .
2 . Cada Parte podrá establecer que esa protección y remedios no obstaculizar o impedir la utilización de los derechos de autor o los derechos conexos material protegido que se permite bajo las excepciones o limitaciones a los derechos exclusivos del copyright [NZ se oponen , y los derechos conexos ] propietarios, o el uso de materiales que se encuentran en el dominio público .
[PE / SG: Se entiende que ninguna disposición de este artículo impedirá a una Parte la adopción de medidas eficaces y necesarias para asegurar que un beneficiario puede disfrutar de las limitaciones y excepciones previstas en la legislación nacional de esa Parte , de conformidad con el artículo QQG16 , donde han sido las medidas tecnológicas aplicada a una obra, interpretación o ejecución o fonograma , y el beneficiario tenga legalmente acceso a la obra, interpretación o ejecución o fonograma sobre todo en un caso como en medidas apropiadas y eficaces que no han sido tomadas por los titulares de derechos en relación con la obra, interpretación o ejecución o fonograma para permitir el beneficiario para disfrutar de las limitaciones y excepciones en virtud nacional de esa Parte law.168 ]

3 . Sin perjuicio de las obligaciones internacionales de cada Parte , las Partes afirman que ellos pueden establecer disposiciones para facilitar el ejercicio de los actos permitidos en donde se han aplicado las medidas tecnológicas. ]


Artículo QQ.G.13 : { Derecho de Autor y Derechos Conexos / Information Rights Management }

Con el fin de proporcionar recursos jurídicos adecuados y efectivos para proteger la información de gestión de derechos :

cada Parte [VN oponen : deberá] [VN : mayo ] proporcionar [VN se oponen : que ] [ VN: recursos legales contra ] cualquier persona que sin autorización ya sabiendas , o , con respecto a recursos civiles, teniendo motivos razonables para saberlo , que podría inducir, permitir, facilitar o encubrir una infracción de [CA oponen : ninguna ] [CA propone : el ] derecho de autor o derechos conexos [VN oponen : , ] [VN ::]
a sabiendas suprima o altere cualquier [CA / ​​JP proponen : electrónica ] Información de gestión de derechos;
[MI / BN / VN / CA / JP oponen : distribuya o importe para su distribución información sobre gestión de derechos sabiendo que la información sobre gestión de derechos ha sido alterada sin autorización , o ]
[CA propone : a sabiendas ] distribuya, importe para su distribución, emita, comunique o ponga a disposición del público copias de obras , [CL / NZ / MY / SG / VN se oponen : performances, ] o fonogramas , sabiendo que [CA / ​​JP proponen : electrónica ] información sobre la gestión de derechos ha sido suprimida o alterada sin autorización [VN oponerse : , ] [ VN: . ]

[VN oponen : será responsable y quedará sujeta a los recursos establecidos en el artículo [ QQ.H.4 ( 15 ) 169 ] . 170 Cada Parte [CA / ​​MX / JP propone : podrá] [CA / ​​MX oponen : debe] establecer procedimientos y sanciones penales que se aplicarán cuando cualquier persona , que no sea una biblioteca, archivo, [ CA propone : museo, ] [ MY : o ] institución educativa [MI / CA se oponen : o [CL oponen : público no comercial ] entidad de radiodifusión ] [CA propone : cualquier otra entidad sin fines de lucro que determine la legislación de cada Parte] [ CL: . establecida sin fines de lucro ] , se comprueba que ha emprendido [CA oponen : dolosamente y con el fin de obtener una ventaja comercial o ganancia financiera privada ] [CA propone : a sabiendas y con fines comerciales ] en cualquiera de las actividades antes mencionadas . [MI / CA propone : . Cada Parte podrá establecer que estos procedimientos y sanciones penales no se aplican a cualquier otra entidad sin fines de lucro que determine la legislación de cada Parte] [AU / SG / PE / CL / MI / NZ / BN / CA / MX / JP se opone : . tales procedimientos y sanciones penales deben incluir la aplicación a dichas actividades de los recursos y de las autoridades enumeradas en los incisos ( a) , ( b ) y ( f ) del artículo [ 15.5 ] aplicable a las infracciones , mutatis mutandis ] ]

[SG / NZ / CL / MI / BN / VN / CA / JP oponen : ( b ) cada Parte delimitará las excepciones y limitaciones a las medidas de aplicación el apartado ( a) a las actividades legalmente autorizadas realizadas por [ MX proponer : el ] gobierno [ MX se oponen : empleados , agentes o contratistas] con el propósito de hacer cumplir la ley , inteligencia , seguridad esencial o propósitos gubernamentales similares ] .

( c ) información de gestión de derechos significa :

[AU / MI / CA / JP propone : electrónica ] información que identifica a la obra , [ NZ / MI oponen : el rendimiento ,] o fonograma, al autor de la obra , [ NZ / MI oponen : el artista del performance, ] o el productor del fonograma , o al titular de cualquier derecho sobre la obra , [ NZ / MI oponen : el rendimiento ,] o fonograma;
[AU / MI / CA / JP: electrónica ] información sobre los términos y condiciones de la utilización de la obra , [ NZ / MI oponen : el rendimiento ,] o fonograma , o
cualquier [AU / MI / CA / JP : electrónicos ] número o código que represente tal información ,

cuando cualquiera de estos elementos [CA proponen : la información ] está adjunto a un ejemplar de la obra, [ NZ / MI oponen : el rendimiento ,] o fonograma o figuren en relación con la comunicación o puesta a disposición de una obra, [ NZ / MI oponerse : Rendimiento ] o fonograma al público.

( d ) Para mayor certeza , nada en este párrafo obligará a una Parte a exigir al titular de cualquier derecho sobre la obra, interpretación o ejecución o fonograma adjunte información sobre gestión de derechos a copias de la obra, interpretación o ejecución o fonograma , oa causa de los derechos gestión de la información que aparezca en relación con una comunicación de la obra, interpretación o ejecución o fonograma al público.


Artículo QQ.G.14 : { Derechos Conexos }

1 . Cada Parte otorgará a los derechos previstos en el presente capítulo con respecto a [ NZ / BN / MI oponen : intérpretes y productores de fonogramas ] al [ NZ / BN / MI oponen : artistas y] los productores de fonogramas que sean nationals171 de otra Parte y para [ NZ / BN / MI oponen : actuaciones o fonogramas ] publicaron por primera vez o fijadas por primera vez en el territorio de otro Party172 . A [ NZ / BN / MI oponen : el rendimiento o ] fonograma se considerará publicado por primera vez en el territorio de una Parte en la que se publica dentro de los 30 días de su publicación original [ 173 ] [ 174 ] .


2 . Cada Parte otorgará a los artistas intérpretes o ejecutantes el derecho de autorizar o prohibir:

radiodifusión y comunicación al público de sus interpretaciones o ejecuciones no fijadas , excepto cuando la interpretación es una interpretación o ejecución radiodifundida , y
fijación de sus interpretaciones o ejecuciones no fijadas .


3 . [ EE.UU. / AU / PE / NZ / MI / BN / VN / CL / MX / SG proponer , CA se oponen :

( a) Cada Parte otorgará a los [NZ oposición : artistas y] los productores de fonogramas el derecho de autorizar o prohibir [ BN se oponen : la radiodifusión o ] cualquier comunicación al público de sus [ oponen NZ : interpretaciones o ] fonogramas ya sea por hilo o por medios inalámbricos , incluida la puesta a disposición del público de las personas [NZ oponen : actuaciones y] . fonogramas , de tal forma que los miembros del público puedan acceder a ellas desde el lugar y en el momento que cada uno de ellos ]

[ EE.UU. / CL / PE / MX / SG / MI / NZ / AU / VN / BN proponen : ( b ) No obstante el subpárrafo ( a) y el artículo [ QQ.G.16.1 ] [ excepciones y limitaciones - 3 prueba de paso ] , el aplicación de este derecho a las transmisiones analógicas y [SG / VN / BN opone : no interactivo ] , libre de over-the -air [CL / PE / MX oponen : analógicos y digitales ] emisiones, y las excepciones o limitaciones a este derecho para dicha actividad, será una cuestión de derecho de cada Parte. ]


[ EE.UU. / AU / SG / CL / PE / VN / MI proponen : ( c ) Cada Parte podrá adoptar limitaciones a este derecho con respecto a otras transmisiones no interactivas de conformidad con el artículo [ QQ.G.16.1 ] [ excepciones y limitaciones - 3 prueba de paso] , a condición de que las limitaciones no [CL / PE se oponen : irrazonablemente ] sin perjuicio del derecho del ejecutante o productor de fonogramas de obtener una remuneración equitativa ] .


[CA propone : Cada Parte otorgará a los artistas intérpretes o ejecutantes y productores de fonogramas, los derechos de autorizar o prohibir:


( c ) la radiodifusión o para cualquier comunicación al público de sus interpretaciones o ejecuciones o fonogramas , y

( d ) la puesta a disposición del público por medios alámbricos o inalámbricos , de sus interpretaciones o ejecuciones y fonogramas , de tal forma que los miembros del público puedan acceder a ellas desde el lugar y en el momento que cada uno de ellos .

Cuando, en los datos de la firma del presente Acuerdo, el derecho en el subpárrafo ( a) no se ha aplicado por una Parte, el requisito puede cumplirse proporcionando un derecho a una remuneración equitativa y única por la utilización directa o indirecta de los fonogramas published175 para con fines comerciales para la radiodifusión o para cualquier comunicación al public.176 ]


Artículo QQ.G.15 :

Para efectos de este [ artículo QQ.G.1 y el artículo QQ.G.3 - 18 ] , las siguientes definiciones se aplican con respecto a los artistas y productores de fonogramas :

radiodifusión significa la transmisión inalámbrica a la recepción pública de sonidos o de imágenes y sonidos o de las representaciones de éstos ; dicha transmisión por satélite también es una "radiodifusión " , la transmisión de señales codificadas será " radiodifusión" cuando se proporcionan los medios de descodificación de la público por el organismo de radiodifusión o con su consent177 ;
la comunicación al público de una ejecución o de un fonograma, la transmisión al público , por cualquier medio que no sea la radiodifusión, de sonidos de una ejecución o los sonidos o las representaciones de sonidos fijadas en un fonograma. A los efectos del párrafo [ 3 ] , "comunicación al público" incluye también hacer que los sonidos o las representaciones de sonidos fijados en un fonograma resulten audibles al público ;

fijación significa la incorporación de sonidos, o la representación de éstos , a partir de la cual puedan percibirse , reproducirse o comunicarse mediante un dispositivo;
ejecutantes significa los actores, cantantes , músicos , bailarines y otras personas que representen un papel, canten , reciten, declamen , interpreten o ejecuten en cualquier forma obras o expresiones literarias o artísticas del folclore ;
fonograma significa toda fijación de los sonidos de una ejecución o de otros sonidos , o de una representación de sonidos que no sea en forma de una fijación incluida en una obra cinematográfica o audiovisual ;
productor de fonogramas significa la persona natural o jurídica que toma la iniciativa y tiene la responsabilidad de la primera fijación de los sonidos de una ejecución u otros sonidos o las representaciones de sonidos; y
[CA proponen : 178 ] la publicación de una ejecución o de un fonograma significa la oferta de copias de la interpretación o fonograma al público, con el consentimiento del titular del derecho y siempre que los ejemplares se ofrezcan al público en cantidad suficiente .



Artículo QQ.G.16 { Limitaciones y excepciones } 179


artículo QQ.G.X
Con respecto a la Sección G, cada Parte circunscribirá las limitaciones o excepciones a los derechos exclusivos a determinados casos especiales que no atenten contra la explotación normal de la obra, interpretación o ejecución o fonograma , ni causen un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del titular del derecho.
Artículo QQ.GX1 no reduce ni amplía el ámbito de aplicabilidad de las limitaciones y excepciones permitidas por el Acuerdo sobre los ADPIC , Convenio de Berna [VN propone : Convenio de Roma ], el Tratado de la OMPI , y de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas . 180

artículo QQ.G.Y

Cada Parte se esforzará por lograr un equilibrio adecuado en su sistema de derecho de autor y derechos conexos , entre otras cosas por medio de limitaciones o excepciones que son compatibles con el artículo QQ.GX , incluyendo aquellos para el entorno digital , teniendo debidamente en cuenta los propósitos legítimos, como , pero no limitado a , crítica, comentario , información periodística , la docencia , la erudición , la investigación [CL / MI propose181 : educación, , ] [CL ​​proponer , y las personas con discapacidad ] [ EE.UU. / MY / SG / CA / PE / BN / MX / VN propone : , así como facilitar el acceso a las obras publicadas para las personas ciegas , con discapacidad visual , o de otro modo texto impreso ] 182 183 .

artículo QQ.G.Z

[CL / NZ / MI propose184 : Es compatible con este Acuerdo establecer excepciones y limitaciones a los actos de reproducción provisional que sean transitorios o accesorios y formen parte integrante y esencial de un proceso tecnológico y cuya única finalidad consista en facilitar ( a) transmisión lícita en una red entre terceras partes por un intermediario , o ( b ) una utilización lícita de una obra , . y que no tienen una significación económica independiente ]

Artículo QQ.G.17 : { agotamiento internacional del derecho }

[ CL/NZ/SG/MY/BN/VN/PE/MX185 proponen ; AU / EE.UU. se oponen : Se alienta a las Partes a establecer el agotamiento internacional de los derechos . ]

[CA propone : Nada en este Capítulo afectará la facultad de las Partes para determinar si y en qué condiciones se aplicará el agotamiento del derecho de autor y derechos conexos . ]

Artículo QQ.G.18 : { Gestión Colectiva }

Las Partes reconocen la importancia del papel de las sociedades de gestión colectiva de los derechos de autor y derechos afines en la recopilación y distribución de royalties186 basado en prácticas que sean justos , eficientes , transparentes y responsables , y que puede incluir mantenimiento apropiado de registros y mecanismos de presentación de informes.

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