miércoles, 13 de noviembre de 2013

CAPÍTULO QQ1 {DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL / PROPIEDAD INTELECTUAL} {Sección H: Aplicación}

Artículo QQ.H.1 : { Aplicación / Generales Obligaciones generales relativos a la aplicación de la Ley [ 187 ] de los Derechos de Propiedad Intelectual }

1 . Cada Parte garantizará que los procedimientos de ejecución como se especifica en esta sección , se encuentran disponibles en su legislación [CL / SG / AC / BN / PE / MX / VN proponen : y su sistema legal ] a fin de permitir una acción eficaz contra cualquier acto de infracción de los derechos de propiedad intelectual comprendidas en este Capítulo , con inclusión de recursos ágiles para prevenir las infracciones y de recursos que constituyan un obstáculo para futuras infracciones . Estos procedimientos se aplicarán de forma que se evite la creación de obstáculos al comercio legítimo, y deberán prever salvaguardias contra su abuso .

2 . Cada Parte garantizará que sus procedimientos relativos a la observancia de los derechos de propiedad intelectual serán justos y equitativos. Estos procedimientos no serán innecesariamente complicados o gravosos , ni comportarán plazos injustificables o retrasos innecesarios .

[CL / VN / PE / AU / MI / BN / NZ / SG / MX / CA propone : 3 . Esta sección no se crea ninguna obligación :

( a) de instaurar un sistema judicial para la observancia de los derechos de propiedad intelectual distinto del ya existente para la aplicación de la legislación en general , ni afecta a la capacidad de cada Parte para hacer cumplir la ley en general, o

( b ) con respecto a la distribución de los recursos entre los medios de la observancia de los derechos de propiedad intelectual y la observancia de la ley en general. ]

[ EE.UU. / SG propose188 ; BN / VN / PE / MI / NZ / MX / CA se oponen : 4 . Las Partes entienden que la distribución de los recursos de ejecución no eximirá a la Parte de que cumpla con esta Section189 . ]


Artículo QQ.H.2 : { Presunciones }

1 . En materia civil, penal , y si los procedimientos aplicables , administrativos relacionados con los derechos de autor o derechos conexos , cada Parte dispondrá :

una presunción [ EE.UU. / CA proponen : 190 ] que , en ausencia de prueba en contrario , la persona cuyo nombre se indica en la forma habitual [CL / VN / BN / AU / MX / CA / SG / PE / NZ proponer : 191 ] como el autor, intérprete, productor [CA oponen : o el editor] de la obra, interpretación o ejecución o fonograma [CA propone : o en su caso, el editor ] es el titular designado de los derechos de dicha obra, interpretación , o ejecución o fonograma , y
la presunción de que , en ausencia de prueba en contrario , los derechos de autor o conexos exista este derecho en dicha materia .

[ EE.UU. / BN / MI / NZ / SG / CA proponen ; 2 UA / PE / CL / VN / MX oppose192 : En los procedimientos civiles , [ BN / MI oponen : administrativos, ] y los procedimientos penales relacionados con las marcas, cada Parte establecerá la presunción refutable de que una marca registrada es válida.

[ BN / SG / MI oppose193 : En los procedimientos de aplicación de patentes civiles o administrativos , cada Parte establecerá una presunción refutable de que cada reivindicación en una patente examinado sustantivamente y otorgada por la autoridad competente satisface los criterios de patentabilidad aplicables en el territorio de la Parte 194 ] . ]


Artículo QQ.H.3 : { Prácticas de aplicación respecto de los Derechos de Propiedad Intelectual }

1 . Cada Parte dispondrá que las resoluciones judiciales definitivas y resoluciones administrativas de aplicación general relativos a la observancia de los derechos de propiedad intelectual deberán [SG / BN / MI / CA proponen : preferentemente] formularse por escrito y [MI oponen : deberá] [MI / CA proponer : podrá] estado [VN / SG / BN / MI / CA se oponen : ninguna constatación de hecho y ] el razonamiento o la base jurídica sobre la que se basan las decisiones y resoluciones . Cada Parte dispondrá que las decisiones y resoluciones se publicarán [ 195 ] o, en su publicación no sea factible , se pongan a disposición del público, en un idioma nacional de manera tal que las personas o Partes interesadas puedan conocer ellos .

2 . Cada Parte reconoce la importancia de la recolección y análisis de datos estadísticos y otros datos pertinentes relativos a la vulneración de los derechos de propiedad , así como la recopilación de información sobre las mejores prácticas para prevenir y combatir las infracciones .

3 . Cada Parte [ EE.UU. / AU / PE / NZ / CL / MX / CA / JP / SG / BN / VN propone : deberá] [MI proponer : mayo ] publicar o poner a disposición del público información sobre sus esfuerzos para proporcionar una aplicación eficaz de los derechos de propiedad intelectual en sus sistemas civiles , administrativas y penales , como la información estadística que la Parte pueda recopilar para esos fines.

Artículo QQ.H.4 : { Procedimientos civiles y recursos / Procedimientos civiles y administrativos y remedios }

1 . Cada Parte pondrá a disposición de los titulares de derechos 196 procedimientos judiciales civiles para lograr la observancia de todos los derechos de propiedad intelectual 197 cubiertos en este capítulo .

2 Cada Parte dispondrá [ 198 ] que en los procedimientos judiciales civiles para lograr sus autoridades judiciales tengan la facultad , al menos, para ordenar al infractor que pague los daños y perjuicios del titular del derecho adecuado para compensar el daño que éste haya sufrido [PE se oponen : a causa de una infracción de derecho de propiedad intelectual, causada por un infractor que , sabiéndolo o teniendo motivos razonables para saberlo, haya desarrollado una actividad infractora ] [SG / PE / AU / NZ / MI / CL / CA / MX / BN / VN se oponen : . 199 ]

2 bis . Al menos en los casos de derecho de autor o derechos conexos infracción y falsificación de marcas , cada Parte dispondrá que, en los procedimientos judiciales civiles, las autoridades judiciales estén facultadas para ordenar al infractor que pague al titular del derecho, las ganancias del infractor atribuibles a la infracción. [ 200 ]

2 ter . Para determinar la cuantía de la indemnización en virtud del apartado 2 , las autoridades judiciales estarán facultadas para examinar, entre otras cosas , cualquier medida legítima de valor al titular del derecho presenta , que pueden incluir la pérdida de beneficios , el valor de los bienes o servicios infringidos medida por el precio de mercado o el precio de venta sugerido .

[ EE.UU. / CA / BN / AU / JP / MX / NZ / PE / VN proponer : 3,201 Cada Parte dispondrá que sus autoridades judiciales tengan la facultad para ordenar medidas cautelares que se ajusta a lo dispuesto en el artículo 44 del Acuerdo sobre los ADPIC , entre otras cosas, evitar que las mercancías que impliquen la infracción de un derecho de propiedad intelectual entren en los circuitos comerciales [VN propone : en jurisdicción de esa Parte ] . ] 202

[CL / PE / BN / / VN proponen , 203 EE.UU. / NZ oponen : 4 . Cada Parte se asegurará de que sus autoridades judiciales estarán facultadas para ordenar a una parte a cuya instancia se hubieran adoptado medidas y que haya abusado del procedimiento de observancia que facilitará al impuesto indebidamente una obligación o una restricción, una indemnización adecuada por el perjuicio sufrido a causa de tal abuso. ] 204


artículo QQ.H.4.X

( 1 ) En los procedimientos judiciales civiles , con respecto a la infracción de derechos de autor o los derechos conexos protegen obras , fonogramas y actuaciones , cada Parte establecerá o mantendrá un sistema que prevea una o más de los siguientes :

perjuicios reconocidos previamente , que deberán estar disponibles después de la elección del titular del derecho , o
damages205 adicionales .

( 2 ) 206 En los procedimientos judiciales civiles , con respecto a la falsificación de marcas , cada Parte [ EE.UU. propone : deberá] [ NZ / MI / BN / JP proponen : mayo ] también establecer o mantener un sistema que prevea una o más de las siguientes :

perjuicios reconocidos previamente , que deberán estar disponibles después de la elección del titular del derecho , o
daños adicionales.

( 3 ) daños preestablecidos se establecerán en una cantidad que sería suficiente para compensar al titular del derecho por el daño causado por la VIOLACIÓN [VN oponen : , y con el fin de disuadir futuras infracciones ] .

( 4 ) En la adjudicación de daños adicionales , las autoridades judiciales estarán facultadas para otorgar tales daños adicionales si lo consideran oportuno , teniendo en cuenta todas las cuestiones pertinentes, incluida la [ gravedad / medida / descaro de la conducta infractora ] 207 y la necesidad de impedir infracciones similares en el futuro .

ARTÍCULO QQ.H.4.Y

[ EE.UU. propone ; SG / PE / VN / CA / CL / NZ / MI / BN / AU / MX / JP oponen : 6 . En los procedimientos judiciales civiles relativos a la infracción de patente , cada Parte dispondrá que sus autoridades judiciales tengan la facultad de aumentar daños a una cantidad que es hasta tres veces la cantidad del perjuicio constatado o assessed.208 ]

7 . Cada Parte dispondrá que sus autoridades judiciales , [PE se oponen : cuando proceda , ] [CA proponen : 209 ] [PE proponen : salvo en circunstancias excepcionales ] tienen la autoridad para ordenar, al concluir los procedimientos civiles judiciales sobre infracción de por lo menos derechos de autor o derechos conexos , [CA / ​​MX / EE.UU. proponen : patentes y] [ CA / MX / EE.UU. se oponen : o ] marcas, que la parte ganadora se adjudicará el pago de la parte perdedora de los costos o costas judiciales y los honorarios de abogados que sean procedentes , o cualquier otro gasto a lo dispuesto en la legislación de esa Parte .

9210 . En los procedimientos judiciales civiles relativos a derechos de autor o derechos conexos infracción y falsificación de marcas, cada Parte dispondrá que sus autoridades judiciales tengan la facultad [VN propone : , a petición del titular del derecho, ] a fin [VN propone : como medidas provisionales ] la incautación u otro teniendo en custodia de las mercancías presuntamente infractoras , los materiales e instrumentos relacionados con la infracción, y , al menos por falsificación de marcas , la evidencia documental relevante a la infracción .

21110 . Cada Parte dispondrá que en los procedimientos judiciales civiles :

Al menos en lo que respecta a los bienes de autor pirateados y productos de marca falsificados , cada Parte dispondrá que, en los procedimientos judiciales civiles , a petición del titular del derecho, sus autoridades judiciales estén facultadas para ordenar que tales mercancías infractoras sean [VN propone : apartados de el canal de comercio o ] destruido, salvo en circunstancias excepcionales , sin compensación de ningún tipo.
Cada Parte dispondrá , además, que sus autoridades judiciales estén facultadas para ordenar que los materiales e implementos que han sido utilizados en la fabricación o creación de dichas mercancías infractoras sean , sin dilaciones indebidas , sin indemnización alguna , destruidos o retirados de la circuitos comerciales de tal manera que se minimicen los riesgos de nuevas infracciones .
en lo que respecta a las mercancías de marca falsificadas, la simple retirada de la marca apuesta ilícitamente no bastará , salvo en circunstancias excepcionales , para permitir la salida de las mercancías en los circuitos comerciales .

11212 . Sin perjuicio de sus privilegios ley que regula la protección de la confidencialidad de las fuentes de información o el tratamiento de los datos personales , cada Parte dispondrá que, en los procedimientos judiciales civiles para lograr la observancia de los derechos de propiedad intelectual, sus autoridades judiciales tengan la facultad , en un solicitud justificada [ VN: propose213 ] del titular del derecho , para ordenar al infractor o , con carácter subsidiario , el presunto infractor , para proporcionar al titular del derecho oa las autoridades judiciales , al menos para el fin de recoger pruebas , la información pertinente prevista en sus leyes y reglamentos aplicables que el infractor o presunto infractor posea o controle . Dicha información puede incluir información relativa a cualquier persona involucrada en cualquier aspecto de la infracción o presunta infracción y respecto de los medios de producción o de los canales de distribución de la infracción o supuesta infracción bienes o servicios, incluyendo la identificación de terceras personas acusadas de participar en la producción y distribución de dichos bienes o servicios y sobre sus circuitos de distribución.

12 . Cada Parte dispondrá que, en relación con un procedimiento jurídico civil relativo a la observancia de los derechos de propiedad intelectual, las autoridades judiciales o de otro tipo tienen la autoridad para imponer sanciones a una Parte, el abogado , expertos u otras personas sujetas a la jurisdicción del tribunal , por la violación de las órdenes judiciales relativas a la protección de la información confidencial producida o intercambiada en el marco de ese procedimiento . 214

13 . En la medida en que cualquier recurso civil [VN proponer , MX oponen : 215 ] se puede pedir como resultado de procedimientos administrativos referentes al fondo de un caso , cada Parte dispondrá que dichos procedimientos se ajustan a principios sustancialmente equivalentes a los establecidos en el este artículo ( procedimientos civiles y administrativos )

14 . En el caso de que las autoridades judiciales o de otro de una Parte nombren expertos técnicos o de otro tipo en los procedimientos civiles relativos a la observancia de los derechos de propiedad intelectual y requieran que las partes en el litigio asuman los costos de tales expertos , esa Parte debe velar por que esos costos son razonable y adecuada relacionada , entre otras cosas , a la cantidad y naturaleza del trabajo a realizar y no disuadir indebidamente del recurso a estos procedimientos .

[ EE.UU. / AU / SG proponer ; BN / VN / MX / JP oppose216 : 15 . En los procedimientos judiciales civiles para los actos descritos en el artículo 4 [ 9 ] ( MTP ) y el artículo 4 [ 10 ] ( RMI ), cada Parte dispondrá que sus autoridades judiciales , por lo menos, tener la authoriy a . . :

imponer medidas provisionales, incluyendo el decomiso u otra toma en custodia de dispositivos y productos sospechosos de estar involucrados en la actividad prohibida ;
[ EE.UU. / SG proponen ; NZ / AU / MI oponerse : una oportunidad para que el titular del derecho a elegir entre los daños reales que sufrió ( más cualquier ganancia atribuible a la actividad prohibida que no se tienen en cuenta al calcular los daños y perjuicios) o daños preestablecidos ;] [AU / NZ / PE propone : daños de orden del tipo disponible en la infracción del derecho de autor ]
orden [NZ propone : Cuando proceda, ] el pago a la parte vencedora en la conclusión de los procedimientos judiciales civiles de las costas judiciales y los honorarios y honorarios de abogados que sean procedentes , por la parte involucrada en la conducta prohibida , y
ordenar la destrucción de dispositivos y productos que estar involucrados en la actividad prohibida .

[ EE.UU. / AU / SG / NZ / MI / CL / CA proponen [ EE.UU. propone : Ninguna de las Partes el pago de daños conforme a este párrafo ] [AU / SG / NZ / MI / CL / CA proponen : Una Parte podrá disponer que los daños y perjuicios no estar disponible ] contra una [MI oponen : sin fines de lucro ] de bibliotecas, archivos , institución educativa , [CA propone : museo, o cualquier otra entidad sin fines de lucro que determine la legislación de cada Parte] [CA oponen : o organismo público de radiodifusión no comercial ] [MI oponen : sostiene que la carga de probar que dicha entidad no tenía conocimiento y no había razón para creer que sus actos constituían una actividad prohibida ] . ] ] 217

[NZ / CA / SG / CL / MI proponen : 16 . Cada Parte podrá adoptar o mantener medidas para desalentar procedimientos vejatorios o no razonable , incluyendo los relacionados con los productos farmacéuticos que son objeto de comercialización, la aprobación reglamentaria o sanitarios . ]


Artículo QQ.H.5 : { Medidas Provisionales }

1 . Las autoridades de cada Parte deberá actuar en las solicitudes de medidas cautelares inaudita altera parte expedita de conformidad con las normas judiciales de la Parte.

2 . Cada Parte dispondrá que sus autoridades judiciales tengan la facultad de exigir al solicitante , con respecto a las medidas provisionales, para proporcionar todas las pruebas razonablemente disponibles a fin de cerciorarse con suficiente grado de certeza de que el derecho del solicitante está siendo infringido , o que dicha infracción es inminente, [VN / / PE , y que cualquier retraso en la expedición de esas medidas pueda causar un daño irreparable a los titulares de derechos , o exista un riesgo demostrable de destrucción de pruebas , ] y para ordenar al demandante que aporte una la seguridad o garantía equivalente a un nivel suficiente para proteger al demandado y evitar abusos. Esa fianza o garantía equivalente no deberá disuadir irrazonablemente el recurso a estos procedimientos.

Artículo QQ.H.6 : { Prescripciones especiales relacionadas con la frontera Enforcement218 / Requisitos especiales relacionadas con las medidas en frontera } [ 219 ]

1 . Cada Parte dispondrá que cualquier titular de derecho que inicie procedimientos de sus autoridades competentes la suspensión de la liberación de la sospecha de falsificación [SG / BN / MI / VN / CA se oponen : o confusamente similar ] productos de marca o piratas copyright goods220 a libre práctica se compromete a proporcionar pruebas adecuadas para convencer a las autoridades competentes que , en virtud de la ley { s } de [ CA / NZ / MX / EE.UU. / PE / AU oponen : país de importación ] [ CA/NZ/MX/US/PE/AU221 propone : Partido proporcionando el procedimiento ] , existe presunción de infracción de derechos de propiedad intelectual del titular del derecho y para el suministro de información suficiente que razonablemente se puede esperar que sea del conocimiento del titular de derecho de las mercancías sospechosas 222reasonably reconocible por sus autoridades competentes. La obligación de facilitar esta información no deberá disuadir indebidamente del recurso a estos procedimientos.

1 bis . Cada Parte dispondrá que las solicitudes para suspender el despacho o para detener , cualquier mercancía sospechosa 223 [SG / VN se oponen : . 224 bajo control aduanero en su territorio ] [SG / VN proponen : que son importados en el territorio de la Party225 ] Una Parte podrá disponer que, a petición del titular del derecho , una solicitud de suspensión del despacho o de detener , mercancías sospechosas podrán aplicar a los puntos seleccionados de la entrada [ proponen US/CA/JP/MX226 ; CL / SG / VN se oponen , y exit] bajo control aduanero ] 227 228 [ EE.UU. / AU / CA / JP / NZ proponer ; MX / PE / CL / MY / SG / VN / BN oponen : . Cada Parte dispondrá que las aplicaciones [NZ oponen : deberá ] permanecerá en vigor [NZ proponer : en el periodo solicitado por el titular de los derechos , pero no superior a cinco años , o ] por un período de no menos de un año desde la fecha de la solicitud , o el período que la mercancía esté protegido por derechos de autor o el registro de una marca relevante es válido, el que sea menor [NZ proponemos: una Parte podrá establecer que sus autoridades competentes tengan la facultad para suspender o anular una aplicación cuando existe causa justificada . ] .

2 . Cada Parte dispondrá que sus autoridades competentes tengan la facultad para exigir al titular de un derecho que inicie procedimientos para suspender la liberación de la sospecha de falsificación [ BN / SG / MI / VN / CA se oponen : o confusamente similar ] productos de marca o mercancías piratas derechos de autor , a proporcionar una garantía razonable o caución equivalente que sea suficiente para proteger al demandado ya las autoridades competentes e impedir abusos . Cada Parte dispondrá que dicha fianza o garantía equivalente no deberá disuadir indebidamente del recurso a estos procedimientos. Una Parte podrá establecer que dicho valor puede ser en forma de un bono condicionado a mantener al acusado de cualquier pérdida o daño resultante de cualquier suspensión del despacho de mercancías en el caso de que las autoridades competentes determinen que el artículo no es una mercancía infractora .

3 . Sin perjuicio de la legislación de una Parte relativas a la privacidad o la confidencialidad de la información , donde las autoridades competentes han detenido o suspendido el despacho de las mercancías que se sospecha de ser falsificados o pirateados , una Parte podrá establecer que sus autoridades competentes tengan la facultad para informar al titular del derecho [CA / ​​VN propone : que ha presentado una solicitud de asistencia ] [MI / CA / BN / PE / VN se oponen : prontitud ] [ MY/CA/PE229 / BN / SG / VN propone : en un plazo razonable ] de los nombres y direcciones del expedidor , del exportador , del consignatario o importador , una descripción de la mercancía , la cantidad de la mercancía y , si se conoce, el país de origen de la mercancía : . cuando una Parte no proporciona tal autoridad a sus autoridades competentes las autoridades cuando los bienes sospechosos son detenidos o suspendidos de la liberación , proporcionará a [ EE.UU. / VN proponen : , por lo menos en el caso de los productos importados ,] sus autoridades competentes estén facultadas para proporcionar la información anterior al titular del derecho [SG / VN se oponen : dentro de 30 days230 ] [SG / VN proponen : en un plazo razonable ] de la toma o de la determinación de que las mercancías son falsificadas o pirateadas , lo que ocurra primero .

[ EE.UU. / PE / AU / SG / MI / CL / CA / BN / JP proponen ; NZ / VN / MX oponen : 4 . Cada Parte dispondrá que sus autoridades competentes puedan iniciar medidas en frontera ex officio231 respecto de [AU propone : la mercancía que es ] importado , [MI / CL / AU / PE / BN oponen : exporta, ] [CL ​​/ AU / PE proponen ; SG se oponen : destinados a la exportación ] [AU / MY / SG / AC / BN / CL oponen : o tránsito de mercancías, [PE se oponen : 232 ] ] [PE / SG / MI / CL / CA / BN oponen : o [AU oponen : merchandise] [ EE.UU. propone : entrar en o salir de ] [ EE.UU. se oponen : en ] las zonas de libre comercio ] , que se sospecha que es falso [SG / PE / MI / CA / BN oponen : marca o confusamente similar ] bienes, o bienes de propiedad pirateados .]

5 . Cada Parte deberá adoptar o mantener un procedimiento por el cual las autoridades competentes podrán determinar , en un plazo razonable de tiempo después de la iniciación de los procedimientos descritos en el artículo QQ.H.6 ( 1 ) 233 si las mercancías sospechosas que vulneran un derecho de propiedad intelectual . Cuando una Parte establezca procedimientos administrativos para la determinación de una infracción, [ VN234 proponer : podrá] [VN oponen : deberá] también proporcionar a sus autoridades la facultad de imponer sanciones administrativas , que pueden incluir sanciones monetarias o la incautación de las mercancías infractoras , después de una determinación de que las mercancías están infringiendo .

6 . Cada Parte dispondrá que sus autoridades competentes tengan la facultad para ordenar la destrucción [VN propone : o disposición fuera de los circuitos comerciales , ] de bienes a raíz de la determinación de que las mercancías están infringiendo . En los casos en que no se destruyen esos bienes , cada Parte garantizará que, salvo en circunstancias excepcionales , tales mercancías se eliminen apartándolas de los circuitos comerciales de forma que se evite cualquier daño al titular del derecho . En cuanto a las mercancías de marca falsificadas , la simple retirada de la marca apuesta ilícitamente no bastará , salvo en casos excepcionales , para permitir la liberación de los bienes en los circuitos comerciales.

7 . Cuando una Parte establezca o evalúa , en relación con los procedimientos descritos en esta sección [ artículo] , una aplicación de pago , tarifa de almacenamiento , o cuota de destrucción , dicha comisión no podrán ser fijado en un monto que disuada indebidamente del recurso a estos procedimientos

8 . Cada Parte incluirá en la aplicación del presente artículo las mercancías de carácter comercial envíen en pequeñas partidas . Una Parte podrá excluir de la aplicación del presente artículo, las cantidades pequeñas de mercancías que no tengan carácter comercial y formen parte luggage.235 personal de los viajeros

Artículo QQ.H.7 : { Procedimientos y Recursos Penales / Ejecución Penal }

1 . Cada Parte establecerá procedimientos y sanciones penales que se aplicarán al menos en los casos de falsificación dolosa de marcas o de piratería de derechos de autor o derechos conexos a escala comercial.

2 . [ EE.UU. / AU / SG / PE proponer ; CL / VN / MI / NZ / CA / BN / MX oponen : La piratería lesiva de los derechos conexos a escala comercial incluye :

copyright dolosa significativa o violaciones de los derechos relacionados con el que no tenga una motivación directa o indirecta de ganancia económica , y
infracción dolosa con fines de ventaja comercial o [AU / SG / PE / JP oponen : private ] . ganancia financiera [AU / SG / PE / CA / JP oponen : 236 ] ]

Cada Parte tratará la importación intencional [SG / MX / BN / MI / VN se oponen : o exportación ] de mercancías de marca falsificadas [VN oponen : o mercancías piratas autor ] a escala comercial como actividades ilegales sujetas a criminal penalties.237

[ EE.UU. propone ; AU / BN / MI / NZ / SG / CL / VN / PE / CA / MX / JP oponen : 3 . Cada Parte establecerá procedimientos y sanciones penales que se aplicarán , incluso inexistentes falsificación dolosa de marcas o de piratería de derechos de autor o derechos conexos , por lo menos en los casos de trata de saber :

etiquetas o envases , de cualquier tipo o naturaleza, a la que una marca falsificada 238 ha sido aplicada , cuyo uso pueda causar confusión, de causar error o engañar , y

labels239 falsificados o ilícitos fijados a , adjuntando o acompaña , o diseñados para ser fijada a , adjuntar , o acompañar los siguientes:
un fonograma ,
una copia de un programa de ordenador o una obra literaria,
una copia de una película cinematográfica u otra obra audiovisual,
documentación o en el envase de tales artículos , y
documentación o envases falsificados de los elementos del tipo descrito en el inciso ( b ) . ]

[NZ / AU / BN / MI / EE.UU. / CA / SG / MX / JP proponen ; PE / CL / VN se oponen : 4 . Cada Parte establecerá procedimientos y sanciones penales que se aplicarán en los casos de uso importation240 y nacionales intencional, en el curso de operaciones comerciales y en una escala comercial, de etiquetas o packaging241 :

al que la marca se ha aplicado sin autorización , que es idéntica a , o no se puede distinguir de una marca registrada en su territorio , y
que van a ser utilizados en el tráfico económico de los bienes , o en relación a los servicios que son idénticos a los productos o servicios para los cuales esté registrada dicha marca . ]

[ EE.UU. propone , CA / JP se opone : Cada una de las Partes garantizarán, además, que las sanciones y procedimientos penales se aplican en los casos de trata de saber labels242 ilícito fijado , adjuntando o acompaña , o diseñados para ser fijada a , adjuntar , o acompañar a los fonogramas, las copias de programas de ordenador , obras literarias , películas u otras obras audiovisuales. ]

5 . [AU / NZ / SG / MI / CA / EE.UU. proponer ; PE / VN / BN / MX / CL oponen : [ EE.UU. / CA proponer : Cada ] [ EE.UU. / CA se oponen : A] Parte [ SG / NZ / CL se oponen : deberán ] [SG / NZ / CL / JP : podrán] establecer procedimientos y sanciones penales [ EE.UU. / CA oponerse : , cuando proceda , ] para el [ EE.UU. / CA proponer : conocer y] la copia no autorizada [MI : o la grabación ] [ EE.UU. propone , CA / JP oponen : o transmisión ] de [ EE.UU. / CA propone : a [ JP propone : first- run ] obra cinematográfica o cualquier parte del mismo , ] [ EE.UU. / CA se oponen : obras cinematográficas ] de una actuación en un [CA oponen : instalaciones de exhibición de películas que generalmente están abiertas al público ] [CA / ​​JP proponen : cine ] . ]

6 . Con respecto a los delitos por los que este artículo obliga a las Partes a establecer procedimientos y sanciones penales , las Partes se asegurarán de que la responsabilidad penal por complicidad está disponible en su legislación .

7 . Con respecto a los delitos enunciados en el artículo QQ.H.7 [ 1 ] - [ 4 ] anterior, cada Parte proporcionará :

sanciones que incluyen penas de prisión y multas monetarias suficientemente elevadas para disuadir a futuros actos de infracción, en consonancia con el nivel de las sanciones aplicadas por delitos de gravedad correspondiente ; 243
244that sus autoridades judiciales tengan la facultad , cuando la determinación de las sanciones , para dar cuenta de la gravedad de las circunstancias , que pueden incluir aquellos que involucran amenazas a , o efectos sobre la salud o la seguridad; 245
que su justicia [VN propone : o de otro ] las autoridades estarán facultadas para ordenar la incautación de mercancías sospechosas de falsificación de marcas o bienes de propiedad piratas, todos los materiales e instrumentos utilizados en la comisión del presunto delito , la evidencia documental relevante a la supuesta infracción [MI oponen : y activos 246 derivados de , u obtenidos directamente [VN oponen : o indirecta ] a través de la supuesta actividad ilícita ] .

Cuando una Parte exija la identificación de los artículos sujetos a embargo , como requisito previo para la expedición de dicha orden judicial , esa Parte no exigirá los elementos que se describen en mayor detalle de lo necesario para identificarlos con fines de decomiso ;
que sus autoridades judiciales estarán facultadas para ordenar el decomiso , por lo menos para los delitos graves , de los bienes derivados de , u obtenidos [VN oponen : o indirecta ] a través de la actividad infractora ;
que sus autoridades judiciales estarán facultadas para ordenar el decomiso o la destrucción de :
todas las mercancías de marcas falsificadas o mercancías piratas , y derechos de autor
materiales e instrumentos [CA / ​​VN / MX proponen : predominantemente ] [CA / ​​VN / MX oponen : que han sido ] utilizada en la creación de bienes de derechos de autor pirateados o mercancías de marcas falsificadas , y
[CL / PE / VN / BN / SG / AU / CA / MX / JP oponen : ( iii ) cualquier otro artículo que consiste en una marca falsificada ] .
En los casos en que no se destruyan las mercancías de marcas falsificadas y las mercancías de autor pirateados, el [MI oponen : judicial ] [ MY / SG / CL / AU / PE / MX / VN / JP : competent247 ] Las autoridades velarán por que, salvo en circunstancias excepcionales , dichas mercancías sean apartadas de los circuitos comerciales de forma que se evite causar daños al titular del derecho . Cada Parte dispondrá , además, que la confiscación o destrucción bajo este párrafo y el inciso ( c ) 248 tendrán lugar sin indemnización de ninguna clase para el acusado ;

[ EE.UU. / NZ proponen ; BN / SG / MI / CL / PE / AU / VN / CA / MX / JP oponen : ( f )
que sus autoridades judiciales tengan la facultad para ordenar la incautación o confiscación de los bienes cuyo valor corresponda al de los bienes derivados de , u obtenidos directa o indirectamente a través de la actividad infractora ] ;
que sus authorites competente, judicial o de otro, tendrán la autoridad para liberar o , con carácter subsidiario , proporcionar acceso a los bienes , materiales, implementos , y otras pruebas en poder de la autoridad de un titular de derechos de civil249 procedimiento de infracción.
[ EE.UU. / Nueva Zelanda / PE / SG / BN / CL / AU / MI / CA / MX propone : VN / JP se opone : ( h ) que sus autoridades competentes podrán actuar por su propia iniciativa para iniciar una acción legal sin la necesidad de un denuncia formal de un privado o titular de derecho ] .

Artículo QQ.H.8 { Secretos Comerciales }

1.250 [CL propone : En el transcurso de garantizar una protección eficaz contra la competencia desleal conforme a lo dispuesto en el artículo 10 bis del Convenio de París ] Partes asegurarán que las personas físicas y jurídicas tienen los medios legales para impedir que los secretos comerciales legítimamente bajo su control se divulgue a terceros , o sea adquirida o utilizada por terceros ( incluidas las empresas comerciales del Estado) 251 sin su consentimiento de manera contraria a los usos comerciales honestos . [ 252 ] a los fines del presente capítulo , los secretos comerciales abarcan , por lo mínimo, información no divulgada conforme a lo dispuesto en el artículo 39.2 del Acuerdo sobre los ADPIC.


[ US/MX/CA/NZ/JP253 proponer ; SG/MY/PE/VN/CL/AU254/BN oponen : 2 . Cada Parte establecerá procedimientos y sanciones penales al menos en los casos en que la apropiación indebida de un secreto comercial en relación con un producto en el comercio nacional o internacional , o divulgada , intencionalmente y sin autorización a los efectos de obtener una ventaja comercial o ganancia financiera , y con la intención de de dañar el propietario de dicho secreto comercial . ]

Artículo QQ.H.9 : { Protección de los programas codificados Señales Satelitales Portadoras / Protección de satélite cifrada portadora de programas y señales de cable }

Cada Parte que sea una [CL / MX proponer : civil o , ] [VN propone : administrativo o ] delito :

fabricación , ensamblaje, modificación , importación, exportación , venta, arrendamiento , o distribuir un dispositivo o sistema tangible o intangible, sabiendo [CL 255 ] [CL ​​/ JP oponen : o teniendo razones para saber ] que el dispositivo o [CL se oponen : sistema sea de ayuda primordial ] [CL ​​propone : la función principal del sistema es únicamente para ayudar ] para decodificar una señal codificada portadora de programas por satélite [CL / VN / SG / PE / CA / MX oponerse : o cable ] señal sin la autorización de la legalidad distribuidor de tales signal256 ; y
[ EE.UU. / AU / NZ / PE / MY / SG / MX / VN / CA / CL proponer, BN / JP oponen : ( b ) [VN oponen : [CA propone : excepto en circunstancias en que el distribuidor legal no ha hecho la señal de disposición de las personas de la zona donde se produce la descodificación , ] voluntariamente receive257 [CL se oponen , y hacer uso de , ] [ 258 ] o ] voluntariamente la ulterior distribución de una señal portadora de programas que se originó como un satélite codificada [PE / SG / MX / VN / CL / CA se oponen : o cable ] Señal sabiendo que ha sido decodificada sin la autorización del dstributor legítimo de la señal , [PE / SG / MX / VN / CL / CA se oponen : o si la señal ha sido decodificado con la autorización del distribuidor legítimo de la señal , deliberadamente para distribuir aún más la señal con fines de ventaja comercial a sabiendas de que la señal se originó como una señal codificada portadora de programas , y que esa nueva distribución es sin la autorización del distribuidor legítimo de señales . ] ]

[ US/AU/PE/NZ/MX/CL259 propose260 , MI / BN / VN / CA se oponen : 2 . Cada Parte establecerá recursos civiles , [CL / MX oponen : incluyendo daños compensatorios , ] para cualquier persona agraviada por una actividad descrita en el párrafo [ 1 ] , incluida cualquier persona que tenga un interés en la señal de programación codificada o en su contenido ] .

Artículo QQ.H.10 : { Medidas especiales relacionadas con la aplicación en el entorno digital }

[ EE.UU. / AU / CA / SG / NZ / PE proponen , VN / oponen : 1 . Cada Parte garantizará que los procedimientos de ejecución , en la medida establecida en las secciones de control civil y penal en el presente capítulo , están disponibles en su legislación a fin de permitir una acción eficaz contra un acto de la marca registrada , derecho de autor o infracción de los derechos conexos , que se lleva a cabo en el entorno digital, con inclusión de recursos ágiles para prevenir las infracciones y recursos que constituyan un medio de disuasión de nuevas infracciones . ] 261

Artículo QQ.H.11 : { Uso Gobierno de Software / Gobierno El uso de software y otros materiales protegidos por copyright o derechos conexos }

Cada Party262 adoptará o mantendrá leyes , reglamentos, políticas , órdenes , directrices emitidas por el gobierno , o decretos administrativos o ejecutivos siempre que su [ EE.UU. / AU / CA / MI / VN / MX proponen : Central 263 ] los organismos gubernamentales utilizan sólo no - infringing264 ordenador software [ EE.UU. / AU / CA / MX propone :; SG / CL / PE / NZ / MI / BN / VN se oponen , y otros materiales protegidos por derechos de autor o conexos ] de forma autorizada por la ley y por la correspondiente licencia. Estas medidas se aplicarán a la adquisición y [PE / CA oponerse : Gestión ] [PE / CA propone : utilizar ] de dicho software [PE / CL / BN / SG / NZ / MI / VN se oponen , y otros materiales ] para el uso del gobierno .

Artículo QQ.H.12265 :

[ EE.UU. propone : No obstante el Artículo QQ.G.16 [ limitaciones y excepciones ] y el artículo QQ.G.14.3 ( b ) [ sobre la referencia de emisiones de aire ] , ninguna Parte podrá permitir la retransmisión de señales de televisión ( ya sea terrestre , cable o satélite) en Internet sin la autorización del titular o titulares del derecho del contenido de la señal y , en su caso , de la señal.

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